Les ofrezco una disculpa, pensé que mis colegas del Partido del Trabajo harían uso de su oportunidad de pregunta, pero bueno. Me voy a enfocar a dos temas, dos temas que fueron mencionados en la exposición del presidente del instituto, a quien agradezco por la exposición de los temas que hizo ahorita en tribuna, agradezco también la disposición de los demás integrantes de las comisionadas y los comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones para estar esta tarde aquí y atender las inquietudes de los senadores integrantes de estas dos comisiones.

Por lo que hace al tema de la preponderancia, a lo que se refirió el senador presidente, a mí me queda una duda, o sea, efectivamente supimos que se impusieron medidas asimétricas a los agentes preponderantes en el sector de telecomunicaciones y en el sector de radiodifusión, sin embargo, por ejemplo, en el Senado de la República yo no lo he podido ver en los informes trimestrales, no conocemos exactamente la valoración que ha hecho el instituto hasta el día de hoy del cumplimiento efectivo de estas medidas, me gustaría que nos explicara un poco, sobre todo las medidas principales que se impusieron en ambos casos, nos pudieran explicar, algunos de sus colegas también, sobre este cumplimiento efectivo de las medidas asimétricas.

Entiendo que era la intención emitir reportes periódicos sobre el cumplimiento efectivo de estas medidas y reitero no lo conozco, por lo menos aquí en el Senado, no tenemos conocimiento de sus reportes.

Usted hizo referencia a las ofertas de referencia, previstas para los dos casos de los agentes preponderantes y me queda una duda porque usted mencionó, y aquí lo noté, que las ofertas fueron recibidas el 4 de junio, fueron analizadas, el instituto solicitó modificaciones y que esas modificaciones ya fueron presentadas al instituto y que en este momento se analizan nuevamente para ser aprobadas a más tardar el 31 de diciembre.

Me llama la atención, me preocupa un poquito que con la entrada en vigor de la nueva legislación que concretamente en el artículo 2, 6 y 8 del nuevo marco jurídico se establece que estas ofertas de referencia deben sometidos a consulta pública. En lo que usted expuso no escuché la idea de que vayan a someter a consulta pública y me gustaría saber ¿cuál es la razón por la que el instituto ha optado por omitir este importante paso? Creo que es muy importante que en este nuevo entorno en el que desenvuelven ambos sectores de telecomunicaciones y de radiodifusión.

Por lo que es el tema de la desincorporación de activos que tanto se ha manejado en medios de desincorporación de activos de uno de los dos preponderantes, está claro que el artículo 12 transitorio del nuevo marco legal establece esa posibilidad, pero también establece que el plan que presenta el instituto que entiendo no se ha presentado, sea un plan que garantice la competencia efectiva en el sector telecomunicaciones en este caso.

Eso me lleva a que para que se pueda valorar, si se garantiza la competencia efectiva o no, es necesario que el instituto pues haya hecho ya un trabajo por lo que hace a la definición de mercado relevante, que me lleva su vez al artículo 39 transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que habla de, ahí se estableció un periodo para que, voy a leer muy brevemente parte del artículo que dice: dentro de los 30 días naturales posteriores a su entrada en vigor. Y habla de “iniciar los procedimientos de investigación que correspondan a los términos a la Ley Federal de Competencia Económica a fin de determinar la existencia de agentes económicos con poder sustancial en cualquiera de los mercados relevantes de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión entre los que deberá incluirse el mercado nacional de audio y video asociado a través de redes públicas de telecomunicaciones”. Para ello, tendría que haberse ya, se debe tener una determinación de ¿cuáles son los mercados relevantes sobre los cuales esté haciendo este trabajo el instituto?

Me preocupa que tampoco he visto un proceso de consulta pública respecto a la determinación de los mercados relevantes. Es un tema que evidentemente incide directamente en el artículo  19 transitorio pero nos va llevar a darle eficacia al artículo 12 transitorio de la propia ley.

En ese sentido me gustaría preguntarle ¿las razones por las cuales no se ha hecho la consulta pública, si ustedes consideran que no es necesaria y por qué?, y sobre todo, aquí por ejemplo traigo a colación como por ejemplo la Unión Europea hace varios años emitió o inició un proceso de consulta pública mediante el cual determinó, si mal no recuerdo, alrededor de 24 mercados relevantes, tanto en telecomunicaciones como en radiodifusión. Mercados relevantes que han ido disminuyendo en que las medidas regulatorias que ellos han impuesto, los países integrantes de la Unión Europea, han sido exitosas y han permitido reconocer que hay condiciones de competencia en varios de los mercados que originalmente se consideraban eran necesarios, o se consideraban que se requerían imponer en ellos medidas de regulación exante para evitar el abuso del poder sustancial de otros operadores, entonces esos son los dos temas de esta ronda de preguntas, comisionados.

Por mi parte es cuanto presidente, presidenta.

SEGUNDA INTERVENCIÓN

Muchas gracias Presidente.

Muy brevemente, entiendo esta cuestión jurídica de que las ofertas de referencia no están siendo sometidas a consulta pública porque las medidas que se impusieron fueron con apego al anterior marco legal y que el Artículo 268 que yo me referí a su vez refiere al Artículo 267.

Sin embargo, me parece que aquí lo importante es el espíritu de la nueva Ley en cuanto a que las decisiones que está tomando el Instituto, puedan ser sometidas a esta tipo de procesos que son procesos, sin  duda alguna considerado como mejores prácticas internacionales en materia de regulación y me parecería, sinceramente y lo digo con toda franqueza que es un poco chato el decir que no se hace una consulta pública porque la Ley anterior no lo preveía que fue con respecto a la cual se adoptaron las medidas.

Me parece que en todo caso, el Instituto debería de hacer un esfuerzo para adaptar las decisiones que va tomando aunque sean o que vengan retrasadas o apegadas al anterior marco legal pero en la medida de lo posible  recuperar o imponer en ellas el espíritu de la nueva Ley; me parece que eso debería de ser muy importante y en ese sentido me gustaría reiterar el tema de la desincorporación de activos porque justamente a mí lo que me está preocupando es esta cuestión de que si bien el Instituto se ha acreditado su intención de  hacer consultas públicas en algunos temas, hay otros temas que me parece que el Instituto no ha considerado para consultas.

Y me preocuparía mucho que el tema más relevante que tiene que ver con el éxito o fracaso de la reforma en su conjunto desde mi personal punto de vista que es  el que tiene que ver con esta desincorporación de activos, que si es aprobada por el Instituto le quitaría de acuerdo a lo que dispone el propio 12 Transitorio, las  obligaciones que se le impusieron en su momento al agente preponderante en cuestión.

Entonces, la Ley Federal de Competencia prevé si no mal recuerdo en su Artículo 12,  la posibilidad de que cuando se trata de desincorporación de activos, haya un proceso de consulta pública y a mí me gustaría saber  o irme con la tranquilidad de que efectivamente el Instituto en este caso va a utilizar el espíritu de la legislación tanto en materia de telecomunicaciones como en materia  de competencia económica para garantizarle a todos los mexicanos que las decisiones que se van a tomar, sobre todo esta que es la más relevante, pues considere la opinión no sólo del propio Instituto sino de especialistas que puedan participar en el procedimiento de consulta pública.

Es cuanto Presidenta

SEGUNDA PARTE

Me voy a concretar hacer una pregunta sobre el tema de las resoluciones de interconexión que ha adoptado el Instituto en forma reciente y mi preocupación tiene que ver en estas resoluciones con esta cuestión de la forma en que está construido el modelo y que está dando por resultado reducciones en las tarifas de interconexión de los agentes económicos por llamarlo así, los competidores presentes en el mercado de telecomunicaciones.

Y me preocupa porque el modelo hasta donde entiendo supone que se trata de un operador hipotético con una participación de mercado de cerca de un tercio o de 33 por ciento del mercado que tiene frecuencias de espectro radioeléctrico en la banda de 800 megagertz lo cual solamente es verdad para el operador preponderante, los demás operadores, hay algunos que tienen frecuencias en esa banda, pero sólo en unas regiones.

Ningún otro operador tiene espectro a nivel nacional en esa banda y por lo demás este supuesto de una  participación de mercado de 33 por ciento de un tercio de mercado, me parece bastante cuestionable sobre todo cuando estamos hablando de un mercado como el mexicano que nada tiene que ver con ningún otro mercado prácticamente en el mundo donde tenemos un operador que tiene el 70 por ciento del  mercado.

Los demás operadores a duras penas todos juntos llegan al 30 por ciento, entonces me parece que;  yo creo que es importante que el Instituto haga un ejercicio de reflexión de cómo está construyendo este modelo porque me parece que incluso que la propia Suprema Corte de Justicia lo señaló en una tesis en un caso en particular donde sugiere que se tomen en cuenta las diferencias de tamaño entre los operadores.

La propia Constitución en su Artículo 28 señala de manera expresa que el Instituto debe regular de manera asimétrica a los operadores, y me parece que la mejor manera de hacerlo es a través de las tarifas de interconexión  que por lo menos al día de hoy la Ley; incluso la propia Ley prevé que sean asimétricas.

Me gustaría conocer la postura del Instituto sobre este tema bastante importante sobre todo pues para el desarrollo de la competencia efectiva en el mercado mexicano.

Es cuanto Presidente.

SEGUNDA INTERVENCIÓN

Esta definición  hipotética de cuál debería ser la mejor regulación de las tarifas de interconexión basadas en un modelo como el que usted acaba de describir.

Sin embargo estos modelos lamentablemente no fueron útiles en varios lados, y México no es la excepción, tan es así que en la Unión Europea por ejemplo, se vinieron usando modelos donde si se reconocía la participación del mercado o el tamaño de los operadores, de tal manera que paulatinamente fueron mejorando las condiciones de competencia, mejoraron incluso la forma en la que se distribuían las participaciones del mercado de los operadores, efectivamente al día de hoy, hay una recomendación de la Unión Europea para que los reguladores ya solamente emitan una sola tarifa de interconexión y no emitan varias como lo estuvieron haciendo, una tarifa por cada operador como lo estuvieron haciendo durante varios años.

Pero eso es consecuencia de que el modelo que reconocía los tamaños de los operadores sí funcionó. Y además estoy hablando de mercados de la situación de competencia o de concentración que no era tan grave como el de México.

Me parece que esperar que una tarifa basada en un modelo como éste, como el que acaba de describir la comisionada genere incentivos a los operadores para que sean cada vez más eficientes, pues es un poco soñar y está  a la vista de que eso ha sido imposible en México con un operador que domina al menos el 70 por ciento del mercado.

Me parece que el Instituto no estaría haciendo su tarea si deja en manos de los operadores, este esfuerzo que efectivamente ellos deben hacer, pero yo creo que el Instituto debe ser muy claro en reconocer que hay un jugador que a diferencia de todos los mercados desarrollados e incluso de países comparables al de México no muestras esas características de concentración.

Por lo tanto, yo creo que lejos de ceñirnos a una regulación ideal, debemos también atender o voltear a ver las regulaciones que se utilizaron de manera eficaz en varios países y que ayudaron efectivamente a mejorar las condiciones de competencia.

Y ya nada más un último comentario, Presidente, sobre el tema que mencionó en algunas de sus intervenciones el comisionado sobre la eliminación de la larga distancia a partir del 1º de enero del próximo año.

 A mí me preocuparía nada más que el Instituto esté pensando en perpetuar o seguir adelante con este tema de las áreas del servicio local, me parece que lo que debemos pensar que a partir del 1º de enero del 2015 hay una sola área de servicio local en el país, independientemente de lo que hagamos con la numeración la marcación y todos estos planes fundamentales que eventualmente podremos ir ajustando, me parece que es muy importante para el mejor funcionamiento del mercado que a partir del 1º de enero del 2015 se hable de una sola área de servicio local y no le estemos dando oportunidades al preponderante de seguir manipulando la forma en que se cursa el tráfico en este país.

Es cuanto Presidente.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO